Mendoza Diario

Otra multa de la Ciudad de Mendoza a manifestantes

La Ciudad de Mendoza volvió a multar a organizaciones que manifestaron irregularmente por las calles el jueves por la mañana, cortando el tránsito vehicular en las principales arterias del centro. Estas sanciones son como consecuencia de movilizaciones que ocuparon la calzada, produciendo un corte total del tránsito, hecho que infringe el Código de Convivencia de la capital.

Las actas aplicadas son debido al incumplimiento de la normativa vigente y subrayan que los manifestantes no respondieron al cese de su conducta, más allá de la advertencia de los agentes de la Dirección de Tránsito. Durante la protesta, que se extendió por más de una hora y media, el grupo continuó su recorrido por calle San Martín, Colón, Patricias Mendocinas hasta llegar a Casa de Gobierno, cortando también Avenida Peltier.

Las organizaciones sancionadas fueron Corriente Clasista CombativaMovimiento de Trabajadores Excluidos y UTEP. Además, participaron en esta manifestación FNC, Coordinadora por el Cambio Social, Movimiento Social de los Trabajadores, APEPRO, Frente de Organizaciones en Lucha, Frente Popular Darío Santillán, FAR, ADIUNC, Movimiento Popular Mendoza y Nuestra América.

La razón de la acción de protesta era jornada nacional en apoyo a la grave crisis que atraviesa la población de la provincia de Jujuy y en rechazo a la política de Gobernador Gerardo Morales.

Es destacable que el día miércoles el Gobernador de Jujuy y actual candidato a vicepresidente de Horacio Larreta realizó una actividad en la sede de la UCR local por calle Alem de Ciudad, estas mismas organizaciones no participaron de la protesta que se desarrolló en el lugar, aunque se concentraron en el Km0 de Ciudad.

El accionar de estas personas se encuentra penado como gravísimo por el artículo 1 de la Ordenanza Nº3016/90, Decreto Nº863/08 y artículo 19º de la Ordenanza Nº3877/14 (actos o eventos en la vía pública – Código de Convivencia).

Cada una de las actas labradas implica una multa que podría llegar hasta los $380.000 (o 20.000 UTM), la cual deberá ser cancelada en el plazo de 10 días hábiles. En su defecto, se otorgará vista para oponer defensa en el plazo establecido por la Ley 9.003, artículo 160º.

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